16
Ago
08

Policías Municipales de Benemérito de Las Américas privan arbitrariamente

San Cristóbal  de Las Casas, Chiapas, 15 de agosto de 2008

 

 José Gómez Estrada muere bajo custodia de dicho cuerpo policiaco.

·       Autoridades municipales reconocen y aceptan la responsabilidad de los

hechos perpetrados contra José Gómez Estrada.

 

Este Centro de Derechos Humanos recibió información de los familiares de

José Gómez Estrada y de Remigio Hernández Arellano (en adelante José y

Remigio) quienes nos refieren que el día 9 de agosto de 2008, cerca de las

19:00 horas, 4 elementos de la Policía Municipal de Benemérito de las

Américas, detuvieron arbitriamente y torturaron a Remigio y José este

último muerto bajo custodia de los policías.

 

Según testimonio menciona que en el momento de la detención de José y

Remigio fueron trasladados y encerrados en la cárcel municipal durante un

lapso de 2 horas donde fueron golpeados y esposados. Estando allí fueron

entrevistados por el director de la Policía Municipal, Wenceslao Cárdenas

Trejo. Posteriormente fueron llevados a bordo de una camioneta en donde

iban esposados, tirados boca abajo.

 

Según otro testimonio por órdenes del Secretario Municipal Manuel Salazar

Martínez fueron llevados  en la góndola de la camioneta de la Policía

Municipal a las afueras de la población. Reconociendo el Secretario que:

“…esos dos aquí estuvieron anoche, lo que pasa es que esos borrachos ya me

tienen hasta la madre y los estamos sacando hasta allá, fuera de la

comunidad.”

 

Remigio menciona que fueron llevados hasta el paraje  Laguna Oaxaca a unos

100 metros del puente La Marimba en donde los policías les quitaron las

esposas, diciéndoles: “Ahora sí, tienen un minuto si quieren vivir”. El

testigo presencial menciona que: ”Nos dieron de patadas para que

corriéramos, así que salimos corriendo. Nos alumbraron con una lámpara.

Pensé que nos iban a disparar como a venados. Seguimos corriendo mientras

ellos empezaron a seguirnos con el carro.” Ante estas circunstancias, los

Sres. José y Remigio corrieron por caminos distintos, adentrándose José por

el arroyo y Remigio por el monte donde pasó la noche, hasta el otro día

cuando el Sr. Cástulo lo llevó a la comunidad: “Ahí escuché que no aparecía

don José y fui a avisarle a su esposa”.

 

Según el testimonio de la hija del Sr. José Gómez Estrada, después de haber

buscado sin éxito a su padre en el lugar de los hechos, acudió a la

dependencia de la Policía Municipal para entrevistarse con el director

Wenceslao Cárdenas Trejo quien no respondió a la solicitud de buscar al

presunto desaparecido en ese momento. Ante esta negativa, la hija del Sr.

José acudió al Ministerio Público quien tampoco aceptó recibirle la

denuncia, ni abrir la averiguación previa correspondiente, ni tomar la

declaración del Sr. Remigio Hernández Arellano.

 

Fue hasta el día 13 de agosto que se firmó una minuta de acuerdo con los

familiares de José Gómez Estrada, por el Presidente Municipal Aniceto

Contreras Vázquez y el Delegado de Gobierno José Gómez Jiménez, quienes, en

general, aceptan y reconocen la responsabilidades de los hechos realizados

por la Policía Municipal y se comprometen a reparar los daños ocasionados

por ésta.

 

Ante la situación, este Centro de Derechos Humanos manifiesta su seria

preocupación frente a las violaciones de derechos humanos cometidas por

elementos de la Policía Municipal y el involucramiento del Secretario

Municipal al ordenar el traslado de los detenidos. Además de otras

violaciones tales como al derecho a una adecuada protección judicial y

frente a las circunstancias graves de la muerte del Sr. José Gómez Estrada

estando bajo la custodia de la policía municipal. En referencia a la minuta

de acuerdo del 13 de Agosto se tiene temor por parte de  las víctimas que

ello propicie impunidad de los perpetradores de las violaciones

denunciadas.

 

 

Solicitamos a las autoridades federales y estatales

 

1.      Tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la

seguridad y la integridad física y psicológica de todos los integrantes de

las familias de los Sres. José Gómez Estrada y Remigio Hernández Arellano.

2.      Llevar a cabo una investigación completa, independiente, exhaustiva e

imparcial en torno a las circunstancias de los hechos arriba denunciados,

con el fin de identificar plenamente a los responsables, llevarlos ante las

instancias correspondientes y aplicarles las sanciones penales previstas

por la ley.

3.      Garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades

fundamentales de conformidad con las normas internacionales de derechos

humanos y, en particular, el derecho a la vida, al debido proceso y el

derecho a la integridad y seguridad personal.

4.      Reparar los daños conforme a los estándares internacionales de derechos

humanos a los familiares de los Sres. José Gómez Estrada y  Remigio

Hernández Arellano.

 

 

 

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